Calculadora de Aguinaldo México
Calcula cuánto aguinaldo te toca en 2026 y cuánto te van a depositar ya con el ISR descontado. Solo necesitas tu sueldo y tu fecha de entrada.
¿Cuánto aguinaldo me toca?
Calcula lo que debes recibir en diciembre, ya con el ISR descontado. Solo necesitas tu sueldo y tu fecha de entrada.
¿Te pagaron menos de lo que sale aquí?
Ver el desglose del ISR paso a paso
La ley permite calcular el ISR del aguinaldo por dos caminos. Los dos son válidos, pero casi siempre uno retiene menos. Aquí están los dos con tus números; el resultado de arriba usa el que te conviene.
Método 1 · Artículo 96 de la Ley del ISR
Método 2 · Artículo 174 del Reglamento de la Ley del ISR
Datos y supuestos que usa esta calculadora
El resultado es una estimación informativa. Tu recibo de nómina puede variar por incapacidades, faltas, sueldo variable, préstamos o descuentos de tu empresa. Para un cálculo oficial consulta a tu área de nómina o a un contador.
Cuánto te toca de aguinaldo según tu sueldo
Esta tabla parte del mínimo de ley: 15 días de aguinaldo por un año completo trabajado. La columna que importa es la última, porque es la que vas a ver en tu depósito.
| Tu sueldo al mes | Aguinaldo bruto | ISR que te retienen | Lo que te depositan |
|---|---|---|---|
| $8,000 | $4,000.00 | $52.30 | $3,947.70 |
| $10,000 | $5,000.00 | $161.10 | $4,838.90 |
| $12,000 | $6,000.00 | $396.91 | $5,603.09 |
| $15,000 | $7,500.00 | $713.34 | $6,786.66 |
| $20,000 | $10,000.00 | $1,384.28 | $8,615.72 |
| $25,000 | $12,500.00 | $1,918.28 | $10,581.72 |
| $30,000 | $15,000.00 | $2,452.28 | $12,547.72 |
| $40,000 | $20,000.00 | $3,876.26 | $16,123.74 |
| $50,000 | $25,000.00 | $6,444.21 | $18,555.79 |
Dos advertencias sobre estas cifras. La primera: el sueldo de la primera columna es el de tu contrato, antes de impuestos, no el que te depositan cada quincena. La segunda: el ISR puede variar unos pesos según el método que use tu empresa, y más abajo te explicamos por qué.
Cómo se calcula el aguinaldo
La fórmula es corta: divide tu sueldo mensual entre 30 para obtener tu salario diario, y multiplícalo por los días de aguinaldo que te corresponden.
Si trabajaste el año completo
Con un sueldo de $18,000 al mes y el mínimo de 15 días:
- Salario diario: $18,000 ÷ 30 = $600
- Aguinaldo: $600 × 15 = $9,000 antes de impuestos
Esos 15 días son el piso legal, no un tope. El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo obliga a pagar cuando menos esa cantidad; muchas empresas dan 20, 30 o más días como prestación superior a la ley. Revisa tu contrato antes de asumir que te tocan 15.
Aguinaldo proporcional: si entraste a media año, renunciaste o te despidieron
No necesitas cumplir un año para tener derecho al aguinaldo. Desde tu primer día te corresponde la parte proporcional a lo que trabajaste. La fórmula agrega un paso: multiplica el aguinaldo completo por los días trabajados y divide entre 365.
Con $15,000 al mes, 15 días de aguinaldo, entrando el 1 de abril (275 días trabajados en el año):
- Salario diario: $15,000 ÷ 30 = $500
- Aguinaldo completo: $500 × 15 = $7,500
- Proporcional: $7,500 × (275 ÷ 365) = $5,650.68 antes de impuestos
Lo mismo aplica al revés. Si renunciaste o te despidieron en agosto, te toca el proporcional de enero a agosto, y va dentro de tu finiquito. El motivo de la salida no importa: el aguinaldo se gana por el tiempo trabajado y no se pierde por renunciar.
Por qué te depositan menos de lo que calculaste
Es la queja más común de diciembre y casi siempre tiene explicación. Estas son las causas, en orden de frecuencia.
El ISR: la razón número uno
El aguinaldo es un ingreso y paga impuesto, pero no todo. La ley exenta los primeros 30 días de UMA. Con la UMA de 2026 en $117.31 diarios, eso significa que los primeros $3,519.30 de tu aguinaldo van libres de ISR, sin importar cuánto ganes. (¿No sabes a cuánto equivalen esas UMA en pesos? La calculadora de UMA a pesos te da el resultado al instante.) Solo lo que pasa de ahí se grava.
Volviendo al ejemplo de $18,000 al mes:
- Aguinaldo bruto: $9,000.00
- Parte exenta: $3,519.30
- Parte gravada: $5,480.70
- ISR: $1,170.68
- Te depositan: $7,829.32
Si tu aguinaldo completo no llega a los $3,519.30, no te deben retener nada de ISR por ese concepto. Si te lo descontaron, pide la aclaración a tu área de nómina.
Por qué dos personas con el mismo sueldo pueden ver retenciones distintas
Porque la ley permite dos caminos para calcular el ISR del aguinaldo, y cada empresa elige el suyo. El primero suma la parte gravada a tu sueldo del mes y aplica la tarifa del artículo 96 de la Ley del ISR. El segundo, previsto en el artículo 174 del Reglamento, reparte la parte gravada en una base mensual antes de aplicar la tarifa, lo que suele dar una retención menor.
La diferencia no es dinero perdido. Si tu empresa retuvo de más, eso se ajusta en tu declaración anual o en el cálculo anual que te haga el patrón. Nuestra calculadora aplica el método que retiene menos y te muestra los dos desgloses para que compares con tu recibo.
Las otras causas, que no tienen que ver con impuestos
- Tu salario base no es el que crees. El aguinaldo se calcula sobre tu salario de contrato. Si una parte de tu ingreso son bonos variables, comisiones esporádicas o vales, puede no estar contando.
- Descuentos que ya traías: crédito Infonavit, Fonacot, pensión alimenticia, préstamos de caja de ahorro o de la empresa. Todos pueden aplicarse sobre el aguinaldo.
- Faltas injustificadas o ausencias sin goce de sueldo durante el año, que reducen los días considerados.
- Un error de captura. Pasa más de lo que parece, sobre todo si cambiaste de puesto o te aumentaron el sueldo a mitad del año.
El orden correcto para reclamar es ese: primero compara con tu recibo de nómina, donde vienen los conceptos desglosados, y luego pregunta en nómina. La mayoría de las diferencias se explican ahí mismo.
Cuándo te tienen que pagar el aguinaldo
El plazo es el 20 de diciembre, sin excepciones por tamaño de empresa ni por mala racha del negocio. Si ese día pasa y no te pagaron, tu patrón está incumpliendo la ley.
Si ya no trabajas ahí, tu proporcional debe entregarse con tu finiquito al terminar la relación laboral, no en diciembre.
Casos que cambian tu cálculo
Trabajadores de gobierno
Quienes trabajan para el Estado se rigen por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, no por la LFT. El aguinaldo suele equivaler a 40 días, pagados en dos partes, y el calendario cambia según la dependencia. Revisa tus condiciones generales de trabajo.
Trabajadoras y trabajadores del hogar
Tienen exactamente el mismo derecho: mínimo 15 días, antes del 20 de diciembre, proporcional si no completaron el año. La reforma de 2019 dejó fuera cualquier duda al respecto.
Honorarios y asimilados a salarios
Aquí depende de qué relación tengas en realidad. Si prestas un servicio independiente, sin subordinación ni horario, no hay aguinaldo porque no hay relación laboral. Pero si trabajas con horario, jefe e instrucciones y solo te contrataron “por honorarios” para ahorrar prestaciones, la ley mira los hechos, no el nombre del contrato, y puedes tener derecho a aguinaldo y a todo lo demás.
Sueldo variable o por comisiones
Cuando tu ingreso cambia mes a mes, se toma un promedio del periodo que marque tu contrato, normalmente los últimos meses trabajados. Ese promedio se convierte en tu salario diario y de ahí sigue la fórmula normal. Las comisiones fijas y recurrentes suelen entrar en el promedio; los bonos ocasionales casi nunca.
Medio tiempo o jornada reducida
También te toca aguinaldo, calculado sobre el salario que efectivamente percibes. Trabajar menos horas no reduce los 15 días mínimos, reduce la base sobre la que se calculan.
Incapacidades o permisos durante el año
Las incapacidades por riesgo de trabajo y por maternidad no deberían restarte días, porque la ley las protege. Otros tipos de ausencia sí pueden afectar el cálculo. Si tuviste una incapacidad larga este año, pide a nómina el desglose de días considerados antes de sacar conclusiones.
Qué hacer si no te pagan o te pagan de menos
- Revisa tu recibo de nómina. Ahí viene el desglose: aguinaldo, exento, gravado, ISR y otros descuentos. La mayoría de las diferencias se aclaran en este paso.
- Pide la aclaración por escrito a Recursos Humanos o nómina. Un correo deja constancia; una conversación de pasillo, no.
- Acude a la PROFEDET si no hay respuesta o la explicación no cuadra. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo orienta, concilia y te representa sin costo.
- Conoce tu plazo. Tienes un año a partir de que el pago era exigible para reclamarlo. Después prescribe.
Guarda copia de tus recibos, de tu contrato y de cualquier comunicación con la empresa. Es lo que te van a pedir.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo que trabajar para que me den aguinaldo?
Ninguno en particular. Desde tu primer día generas aguinaldo. Si llevas dos meses en la empresa, te toca la parte proporcional a esos dos meses.
¿El aguinaldo se calcula con el sueldo bruto o con el neto?
Con el bruto, el de tu contrato. Calcularlo con lo que te depositan da un resultado más bajo que el real, y es el error más común.
¿Cuánto es el aguinaldo si gano el salario mínimo?
Quince días de salario mínimo, y queda muy por debajo del tope exento de 30 UMA, así que no debe tener retención de ISR.
¿Me pueden pagar el aguinaldo en dos partes o en vales?
El aguinaldo se paga en dinero y completo antes del 20 de diciembre. Pagarlo en especie o diferirlo a enero no cumple la ley, salvo los esquemas propios del sector público.
¿Renuncié en octubre, todavía me toca?
Sí, la parte proporcional de enero a octubre, y debe ir incluida en tu finiquito.
¿El aguinaldo cuenta para el finiquito o para la liquidación?
El aguinaldo proporcional forma parte del finiquito. No se usa para calcular la prima de antigüedad, que tiene su propia fórmula.
¿Cuánto ISR me descuentan del aguinaldo?
Depende de tu sueldo. Los primeros 30 días de UMA están exentos ($3,519.30 en 2026) y lo que excede se acumula a tu ingreso del mes según la tarifa vigente. La calculadora de arriba te da la cifra exacta.
¿Qué pasa si mi empresa quebró o cerró?
La obligación no desaparece. El adeudo entra en el procedimiento correspondiente y los créditos laborales tienen preferencia. Acude a la PROFEDET cuanto antes, porque el plazo de un año sigue corriendo.
¿Puedo cobrar aguinaldo de años anteriores que no me pagaron?
Solo dentro del año siguiente a la fecha en que era exigible. Pasado ese plazo, la acción prescribe.
¿El aguinaldo aumenta si me subieron el sueldo en el año?
Se calcula con el salario vigente al momento del pago, así que un aumento en el año sí se refleja. Si tu sueldo bajó, aplica el mismo criterio.
Otras calculadoras que te pueden servir
- Calculadora de finiquito: cuánto te corresponde al salir de un trabajo.
- Calculadora de sueldo neto: de bruto a neto y al revés.
- Calculadora de prima vacacional.
- Calculadora de ISR: cuánto impuesto te retienen cada mes.
- Ver todas las calculadoras: nómina, impuestos, vacaciones y más en un solo lugar.
Actualizado el 17 de septiembre 2026 con la UMA y las tarifas de ISR vigentes en 2026. Esta información es orientativa y no sustituye la asesoría de un contador o de tu área de nómina.
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