Cuando un jefe o patrón es quien toma la decisión de rescindir de la relación de trabajo o contrato, es cuando aplica el despido justificado, siempre y cuando los motivos que llevaron a esta decisión se encuentran dentro de la ley.
¿Cuándo ocurre un Despido Justificado?
Un despido justificado se puede dar cuando existen motivos suficientes, los cuales justifiquen que la responsabilidad de desvincular al empleado de su puesto es totalmente consecuencia de sus propias acciones.
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, en el Título Segundo – apartado de Relaciones Individuales de Trabajo, Capítulo IV – Rescisión de las Relaciones de Trabajo, Artículos 46 y 47, se menciona el despido justificado y las causas que pueden llevar a este sin responsabilidad para el patrón.
Es importante que si se va a despedir a un empleado, este acto esté de acuerdo a la ley para que no ocurran conflictos laborales, ya que en 2021 el despido injustificado representó el 88% de las causas de conflicto entre empresas y empleados, así lo muestra la siguiente estadística:
Diferencia entre Despido Justificado e Injustificado
El primero (justificado) se da a partir de que el empleado realice una mala práctica o acción que sea una causa contenida en el artículo 47 de la LFT. Estas causas pueden ser el incumplimiento de obligaciones a las que el empleado se comprometió al momento de firmar de su contrato.
En el caso del despido injustificado es cuando el fin de la relación de trabajo es voluntad unilateral del jefe. En casos como este no es posible acreditar una causa de las contenidas en la ley.
También se considera injustificado cuando el patrón rescinde el contrato del empleado por razón justificada, pero omite la formalidad de avisar o notificar a este y esto incurre como injustificado.
Principales Causas del Despido Justificado
De acuerdo al artículo 47, las siguientes son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin que la responsabilidad caiga sobre el patrón/empleador:
- Engañar con certificados falsos o referencias en los que se atribuyan al trabajador capacidad, aptitudes o facultades que no posea. Esta causa de rescisión no tendrá efecto si el empleado tiene más de 30 días de prestar sus servicios.
- Incurrir, durante su jornada, en faltas de honradez, actos de violencia, amagos, injurias o malos tratos en contra del empleador, su familia, personal de la empresa, clientes y proveedores, salvo que sea por defensa propia.
- Cometer cualquiera de los actos enumerados anteriormente, contra alguno de sus compañeros, si como consecuencia de ellos se altera la disciplina en el lugar de trabajo.
- Cometer alguno de los actos a que se refiere el punto 2, fuera de la jornada laboral, si son de gravedad, que hagan imposible el cumplimiento de la relación de trabajo.
- Ocasionar intencionalmente daños materiales en edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo, durante el desempeño de sus labores.
- Ocasionar perjuicios graves, de los que habla la fracción anterior, causados sin dolo, pero derivado de la negligencia.
- Comprometer la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en él, por su imprudencia o descuido.
- Cometer actos inmorales u hostigamiento y/o acoso sexual, en contra de cualquier persona en el establecimiento o lugar de trabajo.
- Revelar secretos de fabricación o dar a conocer asuntos de carácter reservado, con perjuicio de la empresa.
- Tener más de tres faltas de asistencia, en un período de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada.
- Desobedecer al patrón o a sus representantes, sin causa justificada, siempre y cuando se trate del trabajo para el que fue contratado.
- Negarse a adoptar las medidas preventivas o a seguir los procedimientos previstos para evitar accidentes o enfermedades.
- Asistir a sus labores en estado de embriaguez o bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante, salvo que, en este último caso, exista prescripción médica, en cuyo caso, el trabajador deberá poner el hecho en conocimiento del patrón y presentar la prescripción suscrita por el médico, antes de iniciar su jornada.
- Cuando haya una sentencia inalterable que imponga al trabajador una pena de prisión impidiéndole el cumplimiento de la relación de trabajo. Así como la falta de documentos que exijan las leyes y reglamentos, necesarios para la prestación del servicio.
- Las análogas a las establecidas en las fracciones anteriores, de igual manera graves y de consecuencias semejantes en lo que al trabajo se refiere.
Proceso de despido que debe de seguir un Empleador
Carta de Despido Justificado
Este es un documento que comúnmente se utiliza para el momento de terminar una relación laboral entre empleador y empleado. En esta carta se expresan los hechos y faltas legales que el empleado cometió y que llevaron a la consecuencia de despido.
Ejemplo de Carta de despido justificado
[Lugar y fecha]
Señor/a [Nombre y apellido]
[Puesto o cargo del destinatario]
[Ciudad]
Asunto: Carta de despido justificado
Mediante este documento queremos expresarle que desde el día de hoy se ha tomado la decisión de dar por terminado su vínculo laboral y contrato con la empresa, teniendo en cuenta lo ocurrido el día xxxxxx [desarrollar las causas de despido y/o reglas infringidas de la normatividad interna de la empresa], lo cual fue evidenciado por nuestro equipo de seguridad en cámaras, a las 2:30 pm de la tarde de ese mismo día, y guiándonos por lo establecido en la normatividad laboral vigente [establecer de forma clara la reglamentación laboral vigente en la cual se basa la acción del despido], le solicitamos de forma respetuosa que el día de hoy realice entrega de los elementos otorgados al comenzar sus funciones en esta empresa, a quien corresponda, así como de su puesto de trabajo.
Le extendemos un sincero agradecimiento por el trabajo realizado durante el tiempo que hizo parte de nuestro equipo laboral y le comunicamos que el pago de concerniente a su salario y prestaciones será respectivamente liquidado en el tiempo legalmente fijado para ello.
Atentamente,
[Nombre y apellido]
Finiquito por Despido Justificado
Cuando un empleado es despedido, el patrón o empresa le debe pagar ciertos conceptos por el término de la relación laboral de forma voluntaria. Esto puede ser por renuncia o por rescisión laboral justificada.
Estos conceptos son el pago de los días que haya trabajado durante cierto periodo, el proporcional del aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, entre otras prestaciones, las cuales conforman el pago de Finiquito.
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¿Qué Marca la LFT?
De acuerdo a lo que menciona la Ley Federal del Trabajo<span style=”font-weight: 400;”>, la entrega de estas prestaciones que conforman el pago del finiquito debe darse de la siguiente forma:
- Finiquito por despido justificado: corresponde cuando las causas que derivan en una rescisión de contrato sin responsabilidad de la empresa y bajo esta situación el patrón deberá notificar al trabajador los motivos de la rescisión por escrito y mencionar los conceptos que se incluyen y pagan por finiquito.
¿Cómo se Calcula el Finiquito por Despido Justificado?
Para calcular finiquito el punto de partida es conocer cómo está compuesta esta remuneración. Normalmente, está conformada por diversas prestaciones laborales y por los días laborados por parte del trabajador y que no fueron pagados al momento de finalizar la relación.
Entonces, para hacer el cálculo del finiquito, primero debes determinar el monto de cada una de las prestaciones. Estas prestaciones suelen ser parte proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional.
Y en algunos casos también se paga la prima de antigüedad, solo si el trabajador tiene más de 15 años laborando en la organización.
Ejemplo de Cálculo de Finiquito
Para explicar mejor cómo se realiza el cálculo de finiquito lo demostrará en el siguiente ejemplo.
El salario mensual de un trabajador es de $10.000 y los días laborados sin saldar son 9:
- $10.000 (salario mensual) / 30 (días del mes) = $333.33 (salario por día)
- $333,33 x 9 (días laborados sin saldar) = $2,999.97, suma equivalente a los días que el trabajador laboró en el mes.
Para continuar el cálculo, el trabajador laboró 250 días durante el año:
- $333.33 x 15 (días de aguinaldo) = $4,999.95 (aguinaldo total sin sacarle el proporcional).
- $4,99995 / 365 (días del año) = $13.69 (monto proporcional diario de aguinaldo).
- $13.69 x 250 = $3,4225 (sería el proporcional de aguinaldo)
El trabajador del ejemplo lleva 3 años en la empresa, esto quiere decir que le corresponden al menos 16 días de vacaciones. El cálculo sería el siguiente:
- 16 (días de vacaciones) /365 (días del año) = 0.04383
- 0.04383 x 250 (días laborados en el año) = 10.9575
- 10.9575 x $333.33 = $3,652.46 (el proporcional de vacaciones)
Ahora debemos tomar el proporcional de vacaciones que se obtuvo anteriormente, es decir, $3,652.46:
- $3,652.46 x 0.25= $913.11 (sería el proporcional de la prima vacacional)
Para obtener el cálculo final de finiquito se deben sumar los resultados obtenidos:
Días laborados: $2,999.97
Aguinaldo: $3,422.5
Vacaciones: $3,652.46
Prima vacacional: $913.11
Finiquito total: $10,988.04
Consejos ante un Despido (Trabajadores)
- Exige carta de despido por escrito, si no recibes esta carta y eres despedido será considerado como injustificado.
- Si no te notifican del despido o de las causas de este, considéralo injustificado y puedes asistir a la junta de Conciliación a reportarlo.
- Al recibir la carta siempre comprueba que estés recibiendo el finiquito por los conceptos y cantidades correspondientes.
- No aceptes tratos o pactos para simular un despido justificado, denuncia si te solicitan esto.
- Si no estás conforme con el pago de finiquito o las causas que justifican no son reales, puedes iniciar un proceso judicial.
- En casos donde no se está de acuerdo con el despido o el finiquito, siempre busca asesoramiento de parte de un profesional.
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