El CFDI de Nómina es una factura electrónica que tiene como finalidad ser un comprobante de nómina digital de pago.
En otras palabras, es un documento que comprueba que la empresa o patrón cumplió con el pago correspondiente hacia el trabajador.
Tienen efectos y disposiciones fiscales y es muy útil para llevar la contabilidad tanto de las personas físicas y morales. Con la nueva reforma ha tenido algunos cambios importantes como la nueva versión 4.0 o CFDI 4.0 que se puede realizar en cualquier sistema de contabilidad electrónica.
¿Para qué sirve el CFDI de Nómina?
El Comprobante Fiscal Digital por Internet de este tipo, sirve para identificar una relación comercial entre personas físicas y morales (empleado-empleador), de esta forma se establece que quien lo emite está cumpliendo con las normas/regulaciones fiscales que se mencionan en la ley.
Además, esta clase de recibos de nómina también sirven para que la empresa pueda deducir los impuestos correspondientes.
¿Cuál es el objetivo de realizarla?
Tiene varios objetivos como cumplir con la ley fiscal, facilita llevar un mejor control y deducción de impuestos, y sobre todo garantiza que se cumplió con el pago del trabajador correctamente y a tiempo.
¿Qué debe contener este CFDI?
Este comprobante de nómina debe contener datos que son obligatorios para que tenga valor el CFDI de nómina:
- RFC y nombre de la empresa y trabajador
- Monto total de las percepciones y deducciones
- Total de impuestos retenidos
- Aportaciones a la Seguridad Social
- Medio de pago
- Régimen fiscal del patrón
- Importe total con letra
- Leyenda “Se paga en una sola exhibición”
- Lugar en donde se expidió el comprobante fiscal y lugar en donde labore el empleado (domicilio fiscal)
- CURP
- Tipo de régimen
- Días pagados
- Periodo del pago
- Versión complemento de nómina o de CFDI de nómina (comprobante de egreso por concepto de nómina)
- Subtotal
- Fecha de pago
- Descripción (pago de nómina, aguinaldo, prima vacacional, fondo de ahorro, liquidación, finiquito, etc.)
- Pago realizado al trabajador (descontando las retenciones y pagos correspondientes)
- Certificado de sello digital
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¿Dónde y cómo puedo obtener los CFDI de nómina?
El comprobante de nómina se puede buscar en portal del SAT, ya que cuenta con un apartado especial en donde podrás encontrar todos los CFDI de nómina o recibo de nómina que han sido emitidos, es muy sencillo, solo debes de contar con tu RFC y tienes que seguir estos pequeños pasos:
- Ingresa al portal del SAT
- Dirígete al menú y busca “Factura Electrónica”, da clic en “Consultar, cancelar y recuperar”.
- Después tienes que Iniciar sesión con tu RFC, contraseña o tu firma electrónica.
- En los apartados busca tu CFDI, esto puede hacerse con el folio o la fecha de emisión.
- Por último, haz clic en “Buscar CFDI” para encontrar el que deseas obtener.
¿Se pueden modificar y/o recuperar los CFDI?
El Comprobante Fiscal Digital por Internet, solo se pueden cancelar y corregir en un periodo determinado de tiempo que establece el SAT de acuerdo a la reforma y solo si este se encuentra en el mismo ejercicio de su emisión.
- La recuperación también se puede, en cualquier momento y es mucho más sencilla, sigue estos pasos:
- Entra a la página SAT y en el menú busca la opción de “Factura Electrónica”, aquí selecciona la opción de “Recupera y Cancela Facturas”.
- Ingresa con tu RFC y contraseña, una vez que estés dentro, elige la opción de “Consultar Facturas Recibidas”.
- Después tienes que elegir la opción que dice “Recibo de Pago de Salarios”
- Y aquí encontrarás los CFDI listos para descargarlos.
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¿Cuáles son las modificaciones que ha tenido?
La entrada en vigor de la Miscelánea fiscal 2022, trajo consigo la nueva factura electrónica o CFDI versión 4.0 debido a los cambios en el anexo 20 de la resolución miscelánea, debido al CFDI 4.0 los CFDI de nómina también tuvieron algunas modificaciones como:
- Es obligatorio indicar el nombre(s), apellido paterno, apellido materno de los empleados.
- El campo Forma de Pago ya no existirá.
- En el campo “Lugar de Expedición” el código postal debe ser de acuerdo al catálogo de código postal.
- Se incluye el campo Domicilio Fiscal del Receptor, así como el código postal del trabajador.
- Se debe usar el complemento de nómina con el Uso del CFDI con la clave “CN01” (Nómina).
- Incluir el campo “Objeto Imp” con la clave “01”.
- Registrar el régimen fiscal del trabajador con clave “605” de Sueldos Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios.
- Evita cancelar CFDI y en caso de hacerlo es importante notificar el motivo.
La mayoría de los cambios de la versión 3.3 a la versión 4.0 fueron en cuanto a la información del o los trabajadores (personas físicas), es importante recalcar en que la información agregada debe coincidir con su Constancia de Situación fiscal. Con lo anterior se evitan los errores y que los recibos de nómina o CFDI’s se timbren correctamente.
Preguntas Frecuentes
¿Cuáles son los requisitos para un CFDI de nómina?
Antes de emitir un CFDI de nómina para un trabajador, se debe verificar que este se encuentre dado de alta antes el Registro Federal de Contribuyentes, así como encontrarse bajo el Régimen de Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios (clave 605).
¿Quiénes emiten este recibo de nómina?
De acuerdo al artículo 94 de la Ley del ISR es una obligación del jefe o patrón emitir una factura electrónica de nómina o CFDI nómina a un trabajador por el servicio que está prestando.
¿Qué pasa si no se expiden este tipo de CFDI?
Si no se expiden ni se timbran estas nóminas en tiempo y forma que marca la ley, se debe hacer un pago como multa o sanción, la cantidad es establecida por la Autoridad Fiscal.
¿Qué es un Certificado de Sello digital?
Es un documento electrónico con el cual el SAT avala la veracidad y la vinculación entre la identidad de una persona física o moral y su certificado. Este sello es indispensable para poder facturar CFDIs de nómina.
Fundamento legal
La Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en el artículo 99, fracción III menciona lo siguiente: “Se debe expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas físicas o morales que reciban pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo, en la fecha en que se realice la erogación correspondiente, los cuales podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral a que se refieren los artículos 132 fracciones VII y VIII, y 804, primer párrafo, fracciones II y IV, de la Ley Federal de Trabajo” y los artículos 29 y 29 A del CFF.
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