Calcula el salario base de cotización (SBC) con el que el IMSS cobra las cuotas de un trabajador. La calculadora integra el aguinaldo, las vacaciones y la prima vacacional según los años de servicio, aplica las exclusiones de la Ley del Seguro Social a la despensa, los premios y el fondo de ahorro, promedia las percepciones variables del bimestre anterior y respeta el mínimo y el tope de 25 UMA vigentes en la fecha que elijas.
Captura el salario y la fecha de ingreso para ver el salario base de cotización.
Qué es el salario base de cotización
El salario base de cotización es el salario diario sobre el que se calculan las cuotas al IMSS y las aportaciones al INFONAVIT. No es lo mismo que el sueldo: además del salario en efectivo, incluye la parte proporcional de las prestaciones que el trabajador recibe a lo largo del año, como el aguinaldo y la prima vacacional, y otras percepciones que la ley considera parte del salario.
De ese número dependen las cuotas que pagan el patrón y el trabajador, pero también lo que el trabajador recibe del IMSS: el subsidio por incapacidad, la pensión y el monto del crédito de vivienda. Si quieres profundizar en el concepto, revisa nuestra guía sobre el salario base de cotización.
Cómo se calcula el SBC, paso a paso
El cálculo tiene cinco partes. Las dos primeras bastan para un trabajador con sueldo fijo y prestaciones de ley; las demás aplican cuando hay otras percepciones o ingresos variables.
1. Salario diario
Se divide el sueldo entre los días del periodo de pago: el mensual entre 30, el quincenal entre 15, el catorcenal entre 14 y el semanal entre 7. Un sueldo de $12,000 al mes equivale a $400 diarios.
2. Factor de integración
El factor reparte en cada día del año el aguinaldo y la prima vacacional. Con prestaciones de ley, la fórmula es:
Factor = 1 + (15 días de aguinaldo + días de vacaciones × 25% de prima vacacional) ÷ 365
Los días de vacaciones dependen del año de servicio, así que el factor sube conforme el trabajador acumula antigüedad. Desde la reforma de 2023, estos son los factores con prestaciones de ley:
| Año de servicio | Días de vacaciones | Factor de integración |
|---|---|---|
| 1 | 12 | 1.0493 |
| 2 | 14 | 1.0507 |
| 3 | 16 | 1.0521 |
| 4 | 18 | 1.0534 |
| 5 | 20 | 1.0548 |
| 6 a 10 | 22 | 1.0562 |
| 11 a 15 | 24 | 1.0575 |
| 16 a 20 | 26 | 1.0589 |
| 21 a 25 | 28 | 1.0603 |
| 26 a 30 | 30 | 1.0616 |
Si la empresa da más aguinaldo, más vacaciones o una prima mayor, se usan esos valores en la misma fórmula y el factor es más alto. El salario diario multiplicado por el factor da el salario diario integrado: el número que se usa para calcular indemnizaciones de liquidación.
3. Percepciones que integran y las que no
La regla general del artículo 27 de la Ley del Seguro Social es que integra todo lo que se entrega al trabajador por su trabajo: cuota diaria, gratificaciones, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad. La misma ley excluye algunos conceptos, varios de ellos solo hasta cierto límite:
| Concepto | ¿Integra al SBC? |
|---|---|
| Herramientas, ropa y otros instrumentos de trabajo | No |
| Fondo de ahorro | No, si el trabajador y la empresa aportan la misma cantidad cada semana, quincena o mes, y el trabajador no lo retira más de dos veces al año. Si no se cumple, integra. |
| Aportaciones adicionales del patrón al retiro, cesantía y vejez | No |
| Cuotas patronales al IMSS, aportaciones al INFONAVIT y reparto de utilidades | No |
| Alimentación y habitación | No, si el trabajador paga por cada una al menos el 20% del salario mínimo general diario. Si se dan gratis, integran conforme al artículo 32. |
| Despensa en especie o en dinero | Hasta el 40% de la UMA diaria ($46.92 en 2026). Lo que exceda, integra. |
| Premios de asistencia y de puntualidad | Cada uno, hasta el 10% del SBC. Lo que exceda, integra. |
| Aportaciones a un plan de pensiones de la empresa | No, si el plan cumple los requisitos de la CONSAR. |
| Tiempo extra | No, dentro de los límites de la Ley Federal del Trabajo: tres horas diarias, no más de tres veces por semana. El tiempo extra que los rebasa, integra. |
Para sumar estas percepciones al salario diario integrado, se convierten a pesos diarios con el mismo divisor del salario. Una despensa de $1,500 al mes son $50 diarios; como el límite es $46.92, integran solo $3.08.
4. Salario variable y mixto
Cuando parte del ingreso cambia de un periodo a otro, como comisiones, bonos por productividad o tiempo extra que rebasa los límites, no se puede saber por adelantado. En ese caso, el artículo 30 de la ley ordena sumar lo que el trabajador recibió en el bimestre anterior y dividirlo entre los días de salario devengado en ese bimestre. Los bimestres son fijos: enero-febrero, marzo-abril, mayo-junio, julio-agosto, septiembre-octubre y noviembre-diciembre.
Si el trabajador tiene sueldo fijo más una parte variable, su salario es mixto: se suman el salario diario integrado de la parte fija y el promedio diario de la parte variable. Para un trabajador de nuevo ingreso, que todavía no tiene bimestre anterior, se usa el salario probable que le corresponda.
5. Mínimo y tope
El SBC tiene dos límites (artículo 28 de la ley). No puede ser menor al salario mínimo de la zona: si el cálculo da menos, se cotiza con el mínimo. Tampoco puede rebasar 25 veces la UMA diaria: lo que pase de ese tope no paga cuotas.
Ejemplos de cálculo del salario base de cotización
Ejemplo 1: sueldo fijo en el primer año
Un trabajador gana $12,000 al mes, entró el 1 de marzo de 2026 y tiene prestaciones de ley.
- Salario diario: $12,000 ÷ 30 = $400.00
- Factor del primer año: 1 + (15 + 12 × 0.25) ÷ 365 = 1.0493
- SBC: $400.00 × 1.0493 = $419.72 diarios
Queda entre el mínimo ($315.04) y el tope ($2,932.75), así que no hay ajuste. Su SBC mensual es $419.72 × 30.4 = $12,759.49.
Ejemplo 2: salario mixto con despensa, premio y comisiones
Una trabajadora gana $15,000 al mes, entró el 10 de enero de 2020 y el cálculo es al 28 de septiembre de 2026, en su séptimo año de servicio. Recibe $1,500 mensuales de despensa, $1,500 mensuales de premio de asistencia y en julio y agosto cobró $8,000 de comisiones.
- Salario diario: $15,000 ÷ 30 = $500.00
- Factor del séptimo año (22 días de vacaciones): 1 + (15 + 22 × 0.25) ÷ 365 = 1.0562
- Salario diario integrado: $500.00 × 1.0562 = $528.10
- Despensa: $1,500 ÷ 30 = $50.00 diarios. Se excluyen $46.92 e integran $3.08
- Comisiones: $8,000 ÷ 62 días de julio y agosto = $129.03 diarios
- Premio de asistencia: $50.00 diarios. El límite es el 10% del SBC sin premios: ($528.10 + $3.08 + $129.03) × 10% = $66.02. Como $50.00 no lo rebasa, no integra nada.
- SBC: $528.10 + $3.08 + $129.03 = $660.21 diarios, que al mes son $20,070.38
Ejemplo 3: un sueldo que llega al tope
Un directivo gana $90,000 al mes y va en su sexto año de servicio. Su salario diario es $3,000 y su salario diario integrado, $3,000 × 1.0562 = $3,168.60. Como rebasa el tope de 25 UMA, cotiza con $2,932.75 diarios; los $235.85 diarios de diferencia no pagan cuotas al IMSS.
Puedes comprobar cualquiera de los tres casos en la calculadora de arriba: la memoria de cálculo muestra cada uno de estos renglones.
Tope y mínimo del SBC en 2026
El tope se mueve cada 1 de febrero, cuando cambia la UMA, y el mínimo cada 1 de enero, cuando cambia el salario mínimo. Por eso durante enero conviven el salario mínimo nuevo con el tope del año anterior.
| Periodo | UMA diaria | Tope diario (25 UMA) | Tope mensual |
|---|---|---|---|
| Enero de 2025 | $108.57 | $2,714.25 | $82,513.20 |
| Febrero de 2025 a enero de 2026 | $113.14 | $2,828.50 | $85,986.40 |
| Desde febrero de 2026 | $117.31 | $2,932.75 | $89,155.60 |
| Año | Mínimo, resto del país | Mínimo, frontera norte |
|---|---|---|
| 2025 | $278.80 | $419.88 |
| 2026 | $315.04 | $440.87 |
En la práctica, un trabajador que gana el salario mínimo con prestaciones de ley no cotiza con el mínimo exacto: al aplicar el factor de integración, su SBC en el primer año de 2026 es $315.04 × 1.0493 = $330.57.
Salario base de cotización mensual
El SBC es diario, pero muchas veces se necesita en su equivalente mensual. Se multiplica por 30.4, que es el promedio de días de un mes en un año de 365 días; el IMSS cobra las cuotas por días naturales, así que un mes de 31 días cotiza 31 días y febrero cotiza 28 o 29. Con el SBC del ejemplo 1, el mensual es $419.72 × 30.4 = $12,759.49. Multiplicar por 30 subestima el monto.
¿Cuál es mi salario base de cotización?
Si eres trabajador, no necesitas calcular tu SBC: tu empresa ya lo reportó al IMSS y puedes consultarlo. La calculadora te sirve para comprobar si el que tienes registrado es correcto.
Dónde aparece en tu recibo de nómina
Tu recibo de nómina es un CFDI con un complemento de nómina que incluye el salario base de cotización y el salario diario integrado. Según el formato de tu empresa, aparece como “SBC”, “salario base de cotización”, “SDI” o “salario diario integrado”. Si solo tienes el PDF, búscalo en la parte de datos del trabajador; en el XML, en el campo SalarioBaseCotApor.
Cómo consultarlo en el IMSS
La constancia de semanas cotizadas, que puedes descargar gratis en el portal de IMSS Digital con tu CURP, número de seguridad social y correo electrónico, muestra el salario base de cotización con el que te han registrado en cada empleo y sus modificaciones.
¿Por qué cotizo más de lo que gano?
Porque el SBC incluye tu aguinaldo, tu prima vacacional y otras percepciones repartidas en cada día del año. Si ganas $400 diarios en tu primer año con prestaciones de ley, tu SBC es $419.72: un 4.93% más que tu sueldo. Con más antigüedad o mejores prestaciones, la diferencia crece. No es un error; así lo manda la ley.
¿Qué pasa si cotizo menos de lo que gano?
Si tu SBC registrado es menor a lo que te corresponde, tu empresa paga menos cuotas, pero el costo lo absorbes tú: el subsidio por incapacidad por enfermedad es el 60% de tu SBC, el de maternidad y el de riesgo de trabajo son el 100%, y tu pensión y tu crédito INFONAVIT también se calculan con él. Si detectas una diferencia, pídele primero a tu empresa que la aclare; si no se corrige, puedes presentar una queja ante el IMSS.
Cuándo cambia el salario base de cotización
- Por aniversario. Al cumplir un año más de servicio pueden aumentar los días de vacaciones y, con ellos, el factor. Del año 6 al 10 las vacaciones no cambian, así que el factor tampoco.
- Por aumento de sueldo o de prestaciones fijas. El patrón debe presentar el aviso de modificación al IMSS dentro de los cinco días hábiles siguientes al cambio.
- Por la parte variable. Se recalcula cada bimestre, y el aviso se presenta en los primeros cinco días hábiles de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre.
- Por el mínimo y el tope. Cambian cada año con el salario mínimo (1 de enero) y la UMA (1 de febrero).
Preguntas frecuentes sobre el SBC
¿El SBC y el salario diario integrado son lo mismo?
Casi siempre coinciden, pero no son idénticos. El salario diario integrado es el salario con todas sus prestaciones y se usa, por ejemplo, para calcular indemnizaciones. El SBC es ese mismo salario visto desde la Ley del Seguro Social: excluye los conceptos del artículo 27 y tiene un mínimo y un tope. Un directivo con un salario integrado de $3,168.60 cotiza con $2,932.75.
¿Las horas extra integran al SBC?
Solo las que rebasan los límites de la Ley Federal del Trabajo: más de tres horas diarias o más de tres veces por semana. Como varían, se suman a la parte variable del bimestre.
¿El aguinaldo integra al SBC?
Sí, pero a través del factor de integración: los 15 días (o los que dé la empresa) se reparten entre los 365 días del año. Cuando se paga el aguinaldo en diciembre no se vuelve a sumar.
¿El SBC puede ser menor al salario mínimo?
No. Si el cálculo da menos, por ejemplo en una jornada reducida, se cotiza con el salario mínimo de la zona: $315.04 en el resto del país y $440.87 en la frontera norte en 2026.
¿Se usa el mismo SBC para el INFONAVIT?
Sí. La aportación del 5% al INFONAVIT se calcula sobre el mismo salario base de cotización, con el mismo tope de 25 UMA.
¿Por qué el factor ya no es 1.0452?
Porque la reforma a la Ley Federal del Trabajo que entró en vigor el 1 de enero de 2023 subió las vacaciones del primer año de 6 a 12 días. Con 6 días el factor era 1 + (15 + 6 × 0.25) ÷ 365 = 1.0452; con 12 días es 1.0493. Muchos cálculos y hojas de Excel siguen usando el factor anterior, lo que da un SBC más bajo de lo que corresponde.
Base legal y fuentes
- Ley del Seguro Social: artículos 27 (integración y exclusiones), 28 (mínimo y tope), 30 (salario fijo, variable y mixto), 32 (alimentación y habitación) y 34 (avisos de modificación).
- Ley Federal del Trabajo: artículos 66 (tiempo extra), 76 (vacaciones), 80 (prima vacacional) y 87 (aguinaldo).
- Valor de la UMA: INEGI, publicado en el Diario Oficial de la Federación cada enero.
- Salarios mínimos: Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI).
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