Violencia Laboral. Definición, Tipos y Cómo Prevenirla 

Violencia Laboral

La violencia laboral ocurre cuando un trabajador es agredido —de palabra, con fuerza física o de forma psicológica— por un compañero, jefe o cualquier persona dentro de su entorno de trabajo. No es un tema menor: afecta la salud, el rendimiento y la vida personal de quien la sufre.

En México, la violencia en el trabajo es un problema documentado. Según datos del INEGI, más del 30% de las personas ocupadas han sufrido algún tipo de acto de violencia laboral a lo largo de su vida laboral. Y desde 2019, la NOM-035-STPS-2018 obliga a todos los centros de trabajo a prevenir y atender estos factores de riesgo psicosocial.

En esta guía te explicamos qué es exactamente la violencia laboral, sus tipos, consecuencias, el marco legal que te protege y los pasos concretos para denunciarla o prevenirla en tu empresa.

Tabla de Contenidos

Key Takeaways

  • La violencia laboral incluye agresiones físicas, psicológicas, sexuales y económicas dentro del entorno de trabajo.
  • La NOM-035-STPS-2018 obliga a todas las empresas en México a identificar y prevenir factores de riesgo psicosocial, incluida la violencia laboral.
  • La Ley Federal del Trabajo (arts. 3°, 51 y 132) protege al trabajador y le permite rescindir su contrato con responsabilidad del patrón si sufre violencia.
  • Puedes denunciar ante la STPS, la CNDH o el Ministerio Público, según el tipo de violencia.
  • Prevenir es más barato que remediar: un buen reglamento interno de trabajo y capacitaciones constantes son el primer paso.

¿Qué es la violencia laboral?

La violencia laboral es cualquier acción u omisión que dañe a una persona en el contexto de su trabajo. Puede venir de un superior, de un compañero al mismo nivel o incluso de un subordinado. No tiene que ser física para ser violencia: insultos repetidos, ignorar sistemáticamente a alguien o retener su salario sin razón también cuentan.

La diferencia clave con otros tipos de conflicto es que la violencia laboral es intencional, repetitiva y genera un daño real en quien la recibe. Un mal día o una discusión aislada no es violencia laboral. Un patrón sostenido de conductas dañinas sí lo es.

Características principales

Aunque la violencia se expresa de muchas formas, hay señales comunes que te ayudan a identificarla:

  • Hay intención de perjudicar a un colaborador, sin importar el rango.
  • Se manifiesta mediante acoso laboral (mobbing), hostigamiento, agresiones físicas, burlas o amenazas.
  • Puede ir acompañada de discriminación laboral por origen, género, religión, color de piel o preferencia sexual.
  • Afecta el bienestar físico y mental de quien la sufre, y deteriora el clima organizacional.
  • Puede ser visible u oculta: desde un golpe hasta ignorar a alguien en reuniones de forma deliberada.

Tipos de violencia laboral

Existen cuatro tipos principales, reconocidos tanto por la legislación mexicana como por organismos internacionales como la OIT:

1. Agresión física

Incluye cualquier conducta que cause daño corporal: golpes, empujones, jalones, lanzar objetos. Es el tipo más visible y el más fácil de documentar. En México constituye un delito penal además de una falta laboral.

2. Violencia psicológica y emocional

Es la más frecuente y también la más difícil de probar. Se expresa como insultos, humillaciones, burlas, difamación, ignorar a la persona deliberadamente, invadir su privacidad o sabotear su trabajo. Sus efectos son igual de graves que los de la violencia física.

3. Hostigamiento y acoso sexual

El hostigamiento sexual ocurre cuando existe una relación de jerarquía: el agresor tiene poder sobre la víctima. El acoso sexual puede darse entre personas del mismo nivel. Ambos implican conductas de naturaleza sexual sin consentimiento: comentarios, tocamientos, mensajes, insinuaciones o chantaje. La Ley Federal del Trabajo (art. 3° bis) los define y prohíbe expresamente.

4. Violencia económica

Afecta el patrimonio del trabajador de forma injustificada. Ejemplos: retener el salario, reducirlo sin causa legal, no pagar horas extra, negar prestaciones a las que se tiene derecho o —como documenta la brecha salarial de género— pagar menos a una mujer que a un hombre por el mismo trabajo.

Niveles según quién agrede

La violencia laboral también se clasifica según la dirección en que fluye dentro de la jerarquía de la empresa:

  • Horizontal: entre personas del mismo nivel. Un compañero que excluye, difama o intimida a otro.
  • Vertical descendente: de un superior a un subordinado. Es la más común. Ejemplos: amenazar con despedir, asignar cargas excesivas de trabajo, menospreciar el desempeño en público o negar permisos de forma selectiva.
  • Vertical ascendente: de un subordinado hacia un directivo. Menos frecuente, pero ocurre: sabotaje, desobediencia sistemática, rumores o coaliciones para desacreditar a un jefe.

Consecuencias para la víctima y la empresa

Los efectos de la violencia laboral van mucho más allá del momento en que ocurre la agresión.

Consecuencias físicas para la víctima

  • Trastornos cardiovasculares: hipertensión, arritmias y dolores en el pecho vinculados al estrés crónico.
  • Trastornos musculares: dolores lumbares, contracturas y temblores.
  • Trastornos respiratorios: sensación de ahogo, hiperventilación y sofocos.
  • Trastornos gastrointestinales: náuseas, vómitos y pérdida del apetito.

Consecuencias psicológicas

  • Ansiedad generalizada y ataques de pánico.
  • Depresión: pérdida de interés, alteraciones del sueño, sentimiento de culpa.
  • Miedo a ir al trabajo (absentismo).
  • Aislamiento social y deterioro de relaciones personales y familiares.
  • En casos severos, ideación suicida.

Consecuencias para la empresa

  • Alta rotación de personal y costos de recontratación.
  • Caída en la productividad y el clima organizacional.
  • Sanciones económicas por parte de la STPS si no se cumple la NOM-035.
  • Daño a la reputación de marca empleadora.
  • Riesgo de demandas laborales por rescisión justificada (art. 51 LFT).

NOM-035-STPS-2018: lo que dice la ley

Desde el 23 de octubre de 2019, la Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018 es de cumplimiento obligatorio para todos los centros de trabajo en México, sin importar su tamaño.

¿Qué exige esta norma? En resumen:

  • Identificar y evaluar los factores de riesgo psicosocial en el trabajo, incluida la violencia laboral.
  • Establecer medidas de control y prevención documentadas.
  • Promover un entorno organizacional favorable (comunicación, liderazgo, reconocimiento).
  • Para empresas con más de 50 trabajadores: aplicar encuestas periódicas, levantar registros y difundir los resultados.
  • Para empresas con más de 15 trabajadores: contar con una política de prevención de riesgos psicosociales.

¿Qué pasa si no cumples? La STPS puede imponer multas de hasta 422 veces la UMA diaria por cada violación a la norma. Eso equivale a decenas de miles de pesos por incumplimiento.

La NOM-035 convierte la prevención de la violencia laboral en una obligación legal, no en una buena práctica opcional.

Además de la NOM-035, el trabajador está protegido por varios artículos clave de la Ley Federal del Trabajo (LFT) y la Constitución:

  • Art. 3° LFT: Prohíbe la discriminación y el hostigamiento o acoso sexual en el trabajo. Define expresamente estos conceptos.
  • Art. 51 LFT: Permite al trabajador rescindir su contrato sin responsabilidad —y con derecho a liquidación completa— si el patrón o sus representantes incurren en actos de violencia, malos tratos o acoso.
  • Art. 132 LFT: Obliga al patrón a guardar a los trabajadores la debida consideración, absteniéndose de maltrato de palabra o de obra.
  • Art. 17 Constitucional: Garantiza el acceso a la justicia pronta y completa.
  • Arts. 14 y 16 Constitucionales: Protegen la seguridad jurídica de ambas partes en un proceso legal.

En pocas palabras: si sufres violencia laboral, la ley te da el derecho de irte con tu liquidación completa. Y tu empresa tiene la obligación legal de prevenirla.

Cómo denunciar violencia laboral paso a paso

Si tú o un compañero están sufriendo violencia laboral, estos son los pasos concretos a seguir:

Paso 1: Documenta todo

Guarda capturas de pantalla, correos, mensajes, fechas y nombres de testigos. Cuanto más documentado esté el caso, más sólida será tu denuncia. Anota cada incidente con fecha, hora, lugar y descripción de lo ocurrido.

Paso 2: Acude al área de Recursos Humanos o al responsable de cumplimiento

Si tu empresa tiene un protocolo interno (como lo exige la NOM-035), ese es el primer canal. Presenta tu denuncia por escrito y solicita acuse de recibo. Si la empresa no atiende tu caso o el agresor es parte de la dirección, pasa al siguiente paso.

Paso 3: Denuncia ante la STPS

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) recibe denuncias por incumplimiento de condiciones laborales, incluyendo la NOM-035. Puedes hacerlo:

  • En línea: www.gob.mx/stps → sección “Inspección del Trabajo”.
  • Presencialmente en la Delegación Federal del Trabajo de tu estado.
  • Por teléfono al 800 717 2942 (STPS, sin costo).

Paso 4: Denuncia ante la CNDH (si hay violación a derechos humanos)

Si consideras que tus derechos humanos fueron vulnerados —especialmente en casos de acoso sexual o discriminación grave—, puedes presentar una queja ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH):

  • En línea: www.cndh.org.mx
  • Por teléfono al 800 715 2000 (sin costo).

Paso 5: Denuncia penal ante el Ministerio Público

Si hubo agresión física, acoso sexual o amenazas, los hechos pueden constituir un delito. Presenta una denuncia formal ante el Ministerio Público de tu estado. Lleva contigo toda la documentación que reuniste en el Paso 1.

Paso 6: Rescisión de contrato con liquidación (art. 51 LFT)

Si prefieres o necesitas dejar el trabajo, recuerda que el art. 51 de la LFT te permite rescindir tu contrato con responsabilidad del patrón. Eso significa que tienes derecho a recibir tu liquidación completa (3 meses + 20 días por año) sin haber renunciado formalmente.

Cómo prevenirla en tu empresa

La prevención es la estrategia más eficiente. Estas son acciones concretas que cualquier empresa puede implementar:

  • Elabora y difunde un Reglamento Interno de Trabajo que incluya una política de cero tolerancia a la violencia. Un buen reglamento interno de trabajo define claramente las conductas prohibidas y las consecuencias de incurrir en ellas.
  • Cumple con la NOM-035: aplica las encuestas de clima organizacional y levanta los registros obligatorios.
  • Implementa un canal de denuncia anónimo y accesible para todos los trabajadores.
  • Capacita a líderes y mandos medios en detección temprana de conductas violentas y manejo de conflictos.
  • Actúa rápido ante cualquier reporte. Las empresas que tardan meses en responder empeoran el problema y acumulan responsabilidad legal.
  • Fomenta una cultura de seguridad e higiene laboral que incluya el bienestar emocional, no solo el físico.
  • Realiza encuestas de clima periódicas para detectar señales tempranas antes de que escalen.

Derechos de las víctimas

Si eres víctima de violencia laboral, la ley mexicana te garantiza los siguientes derechos:

  • Derecho a la justicia (art. 17 Constitucional): Toda persona tiene acceso a los tribunales para recibir justicia pronta, completa e imparcial.
  • Derecho a la seguridad jurídica (arts. 14 y 16 Constitucionales): El proceso debe seguir los procedimientos establecidos por la ley. También el acusado tiene derecho a ser escuchado y defendido.
  • Derecho a rescindir con liquidación (art. 51 LFT): Si el patrón o sus representantes cometen actos de violencia, puedes terminar la relación laboral y exigir tu liquidación completa.
  • Derecho a la no discriminación (art. 1° Constitucional y art. 3° LFT): Nadie puede ser discriminado, hostigado ni acosado en el trabajo por ninguna condición personal.
  • Derecho a atención médica y psicológica: Si la violencia derivó en una lesión o enfermedad de trabajo, tienes derecho a atención a través del IMSS.

Recuerda: denunciar no es exagerar. Es ejercer un derecho que la ley te garantiza.


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  • Soy escritor y empresario con más de 10 años de experiencia en temas relacionados con la gestión laboral y empresarial. Mi deseo es transmitir lo que he aprendido para ayudar a más directivos, gerentes y dueños de negocios.

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Esta entrada tiene 2 comentarios

  1. Gabriela

    Me parece interesante y útil su artículo.

  2. Teresa Hernández

    Gracias

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