En México existe la Norma en Igualdad Laboral y No Discriminación, la cual tiene como objetivo principal impulsar la inclusión, la igualdad sustantiva y el equilibrio en las relaciones de trabajo, para que
Esta norma es fundamental y se encuentra en la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, con esto se desea fortalecer y proteger los derechos de las trabajadoras y los trabajadores.
De este modo, tanto empresas como patrones se verán obligados a trata a todas las personas de manera equitativa en lo laboral, sin importar lo siguiente:
- Origen étnico
- Género
- Religión
- Orientación sexual
- Discapacidad
- Edad
- Condición de salud
- Estado civil u otras características personales
Qué es el derecho a la Igualdad
De acuerdo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el derecho a la igualdad es:
“El derecho de todos los seres humanos a ser iguales en dignidad, a ser tratados con respeto y consideración y a participar sobre bases iguales en cualquier área de la vida económica, social, política, cultural o civil.”
Principios para fomentar la Igualdad laboral y la no discriminación
Igualdad de género
Tanto los hombres como las mujeres, pueden disfrutar de oportunidades iguales en el ámbito laboral, como son la igualdad en remuneración, horarios, promociones, períodos de descanso, beneficios, y más.
Así como no se debe considerar el género como un factor determinante para ocupar algún tipo de cargo.
Condición de embarazo
En ningún caso se permite que se despida o se niegue la contratación debido a un embarazo. Una mujer embarazada cuenta con los mismos derechos, beneficios y servicios de respaldo para el periodo de gestación.
Es ilegal solicitar certificados médicos que confirmen que no se está embarazada como un requisito para ser contratada, mantener el empleo o avanzar en la carrera laboral.
Hostigamiento
En el trabajo, es fundamental que todos los colaboradores se traten igual y fomenten un entorno de interacción saludable, evitando cualquier forma de hostigamiento.
Este tipo de conductas negativas pueden darse en forma de acoso de tipo jerárquico, cuando proviene de una persona de rango superior, subordinado, si es por alguien de menor jerarquía, u horizontal, cuando involucra a colegas de igual categoría.
Orientación sexual
Las orientaciones sexuales de una persona son privadas y es decisión personal si se opta por compartirlas públicamente. En ningún lugar de trabajo se justifica la investigación, discriminación o despido basados en este tipo de preferencias.
Enfermedad
Si se vive con una condición de salud o una enfermedad, tampoco se debe permitir algún tipo de discriminación, como es el caso de solicitar certificados médicos relacionados con el VIH como un requisito para ser contratado, ya que se considera ilegal.
Discapacidad
Con una discapacidad se tiene el derecho a las mismas oportunidades como cualquier otra persona y es importante que las instalaciones permitan que estas personas puedan desempeñarse y moverse adecuadamente en el lugar.
Prohibiciones de la Ley federal
A los trabajadores: Acosar de forma sexual a cualquier persona de alto o del mismo rango, realizando actos inmorales en los lugares de trabajo.
A los patrones o personas con funciones de dirección/administración: Realizar actos de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona subordinada en el lugar laboral.
Cómo promover la igualdad y no discriminación en una empresa
Algunas de las principales formas de evitar la desigualdad y que todos sean tratados del mismo modo dentro de un lugar de trabajo pueden ser las siguientes:
- Salarios justos para todos
- Capacitación para todas las áreas de la empresa
- Fomentar la cultura inclusiva
- Ascensos conforme a los resultados de cada uno
- Protocolos o políticas en contra de la discriminación, desigualdad y acoso
- Reconocimiento laboral por igual
- Reclutamiento igualitario
- Fomentar la comunicación bidireccional
- Instalaciones adecuadas para todos, como implementar espacios para salas de lactancias, colocar rampas, contar con guardería.
- Entre otros.
Ejemplo de políticas de Igualdad laboral y no discriminación
Cada empresa u organización puede desarrollar sus propias políticas de Igualdad laboral y no discriminación, siempre y cuando siga la ley y la Constitución.
Aquí te dejo un documento que puede servir como ejemplo del desarrollo de una política de igualdad laboral:
DOC
Es importante mantenerse informado y se tenga conocimiento de cada uno de nuestros derechos y se exija el respeto en tu entorno laboral.
Para conocer más acerca de la igualdad en el trabajo, visita la web del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) y así contribuir a la libre discriminación.
Preguntas Frecuentes
¿Qué es la Comisión de igualdad laboral y no discriminación?
La CILyND es la institución que se encarga de vigilar que las prácticas de igualdad laboral y no discriminación se desarrollen y apliquen con el objetivo de que cada organización sea un lugar incluyente y libre violencia y discriminación.
¿Qué debo hacer si en mi empresa no existe la igualdad laboral y no discriminación?
Si sufres violencia, desigualdad o discriminación laboral, acércate a la PROFEDET con las pruebas necesarias para proceder con una demanda o denuncia, las pruebas permitidas son las siguientes:
- Documentos
- Fotos
- Videograbaciones
- Grabaciones de voz
- Cualquier otro como mensajes, correos electrónicos, etc.
- Testigos
¿Qué es la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en igualdad laboral y no discriminación?
La Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación es:
“Un mecanismo de adopción voluntaria para reconocer a los centros de trabajo que cuentan con prácticas en materia de igualdad laboral y no discriminación, para favorecer el desarrollo integral de las y los trabajadores.”
Esta norma establecida por el Gobierno de la República busca promover el acceso y permanencia de los diferentes grupos en situación de discriminación en el mercado laboral y sus oportunidades crezcan.
¿Cuáles son las consecuencias de violar el derecho a la igualdad laboral y no discriminación?
Cualquier organización o patrón que cometa cualquier tipo de acto discriminatorio de tipo laboral tendrá que pagar sanciones económicas de 18 mil 872 hasta 377 mil 450 pesos.