La Incapacidad por maternidad IMSS es un derecho que tienen todas las mujeres que trabajan y están dadas de alta ante el IMSS.
Esta incapacidad se brinda para que durante cierto periodo (antes y después del parto) pueda cuidar de su salud y la de su recién nacido.
Esto es lo que conocerás:
- ¿En qué consiste?
- Su fundamento legal
- los requisitos para solicitarla
- Como tramitarla ante el IMSS
- Casos extraordinarios en que puede solicitarse
¿Qué es la Incapacidad por Maternidad?
La incapacidad por maternidad es una prestación a la que todas las mujeres que trabajan y están en periodo de embarazo tienen derecho.
Este consiste en que la trabajadora embarazada disfrute de días de descanso antes y después del parto con goce de su sueldo.
Esta incapacidad se encuentra establecida dentro de la Ley Federal del Trabajo y también es reconocida por el Instituto Mexicano del Seguro Social, quien es quien se encarga de realizar el pago correspondiente.
Fundamento Legal
Ley Federal del Trabajo – Artículo 170. Las madres trabajadoras tendrán los siguientes derechos:
1. Disfrutarán de un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto. A solicitud expresa de la trabajadora, previa autorización escrita del médico de la institución de seguridad social que le corresponda o, en su caso, del servicio de salud que otorgue el patrón, tomando en cuenta la opinión del patrón y la naturaleza del trabajo que desempeñe, se podrá transferir hasta cuatro de las seis semanas de descanso previas al parto para después del mismo. En caso de que los hijos hayan nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieran atención médica hospitalaria, el descanso podrá ser de hasta ocho semanas posteriores al parto, previa presentación del certificado médico correspondiente.
En caso de que se presente autorización de médicos particulares, esta deberá contener el nombre y número de cédula profesional de quien los expida, la fecha y el estado médico de la trabajadora.
2. Durante los períodos de descanso a que se refiere la fracción II, percibirán su salario íntegro. En los casos de prórroga mencionados en la fracción III, tendrán derecho al cincuenta por ciento de su salario por un período no mayor de sesenta días
Ley del Seguro Social – Artículo 101:
La asegurada tendrá derecho durante el embarazo y el puerperio a un subsidio en dinero igual al cien por ciento del último salario diario de cotización, el que recibirá durante cuarenta y dos días anteriores al parto y cuarenta y dos días posteriores al mismo.
En los casos en que la fecha fijada por los médicos del Instituto no concuerde exactamente con la del parto, deberán cubrirse a la asegurada los subsidios correspondientes por cuarenta y dos días posteriores al mismo, sin importar que el período anterior al parto se haya excedido. Los días en que se haya prolongado el período anterior al parto, se pagarán como continuación de incapacidades originadas por enfermedad. El subsidio se pagará por períodos vencidos que no excederán de una semana
Requisitos para Solicitar la Incapacidad
Para que la asegurada embarazada pueda recibir su subsidio sin inconvenientes, necesita lo siguiente:
- Haber cubierto al menos treinta cotizaciones semanales dentro de un período de doce meses antes de comenzar a recibir el pago del subsidio.
- Contar con el Certificado Único de Incapacidad por Maternidad, que contenga la fecha probable del parto.
- No estar realizando ningún otro tipo de trabajo que le proporcione una retribución durante los períodos anteriores y posteriores al parto.
- Contar con al menos una consulta prenatal en una UMF (Unidad de Medicina Familiar)
- Clave Única de Registro de Población (CURP)
- Documento que contenga su Número de Seguridad Social.
- Identificación oficial (INE, pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir)
- Teléfono y domicilio particular.
- Correo electrónico personal y del patrón o empresa.
- Ultrasonido reciente no mayor a 5 semanas, este debe contener la imagen del estudio y el reporte del estado de embarazo firmado por el médico.
- CLABE interbancaria a 18 dígitos, sin límite o restricción de ingresos.
Certificado Único de Incapacidad por Maternidad
El Certificado Único de Incapacidad es expedido por el médico tratante. Con este documento se certifica y hace constar el embarazo de la trabajadora, una vez que lo tenga puede solicitar la incapacidad.
Debe contener la fecha probable del parto y debe estar firmada por el médico tratante e incluir su cédula profesional, de este modo se le da legitimidad.
Proceso de Solicitud de Incapacidad por Maternidad IMSS
Para tramitar esta incapacidad existe una opción sencilla que es la solicitud en línea. Para hacerlo de este modo realiza lo siguiente:
Antes de comenzar este proceso es importante saber que primero se debe acudir a la clínica para contar con al menos una cita de control prenatal y de estar:
- Entre la semana 34 y 40 de gestación
- Vigente de derechos IMSS
- Dada de alta en una UMF o clínica
Paso a paso a partir de iniciar tu solicitud:
- Ingresa al portal del IMSS al apartado de incapacidad por maternidad y da clic sobre el botón que dice “Ingresa a la solicitud”.
- Cuando inicies la solicitud debes ingresar todos los datos que te solicitan y después recibirás un código de acceso en tu correo.
- Ingresa el código en el portal, completa y envía la solicitud.
- Al terminar recibirás un correo de confirmación de recepción de la solicitud realizada.
- Tu solicitud será revisada por médicos del instituto que certificarán el estado de embarazo.
- Una vez aceptada recibirás el Certificado de Incapacidad por Maternidad vía correo electrónico, el cual debes reenviar a tu jefe o empresa para que estén enterados sobre este subsidio.
- Una vez que todo lo anterior haya sido concretado solo queda esperar para comenzar a recibir el pago a la cuenta registrada.
¿Cómo, Cuándo y Dónde se Paga la Incapacidad por Maternidad?
De acuerdo a ley una trabajadora debe recibir el 100% de su salario durante el período de incapacidad por maternidad y es obligación del IMSS abonar el pago en las fechas correspondientes.
- Si se trata de pago nominativo éste podrá realizarse mediante el nuevo servicio digital de Maternidad del IMSS, pago de incapacidades en cuenta bancaria o también se puede cobrar en ventanilla bancaria.
- Se puede recibir el pago directamente en la nómina únicamente si la empresa o patrón tiene celebrado el “Convenio de Pago Indirecto” con el IMSS o la trabajadora no cumple con el mínimo de cotizaciones. Si deseas recibir el pago de este modo, debes acudir a RRHH con el Certificado Único de incapacidad y solicitarlo.
En este artículo te explicamos con detalle cómo se cobra una incapacidad del IMSS.
Casos Extraordinarios
Existen algunos casos extraordinarios que se contemplan en este tipo de incapacidad, estos casos puede ser:
- Si el bebé nace con discapacidad o es necesario que reciba atención médica hospitalaria, la madre tendrá derecho a recibir un permiso de maternidad mayor. Este puede extenderse hasta 14 semanas posteriores al parto sólo con autorización previa.
- La incapacidad también puede prolongarse cuando la asegurada se encuentre imposibilitada para trabajar a causa del embarazo o del parto.
- En caso de adopción, la trabajadora tiene derecho a la licencia por maternidad con goce de sueldo. Esta se hará efectiva a partir del día posterior a recibir al niño o niña y en este caso solo se permiten 7 semanas.
- Si no se llega a la semana 34 de gestación, no se puede realizar la transferencia de semanas de incapacidad.
Transferencia de semanas
Si la asegurada desea pasar más tiempo con tu bebé, puede solicitar la transferencia de semanas
por incapacidad del periodo prenatal al postnatal,se pueden transferir de 1 a 4 semanas del periodo previo, al parto al posterior.
Para solicitar las semanas primero se tiene que acudir al médico familiar en la semana 34 de gestación para que el embarazo sea certificado. Después llenar una solicitud para que la transferencia sea autorizada.
Preguntas Frecuentes
¿Cuántos Días Corresponden por esta incapacidad?
La expedición del certificado único será invariablemente por 84 días (naturales), el cual amparará el periodo prenatal y posnatal.
¿Qué Pasa Cuando no estás Dada de Alta con el Salario Real?
Si no se está dado de alta en el IMSS con el salario real los cálculos para obtener el porcentaje de subsidio a recibir por esta incapacidad se realizarán de acuerdo al salario con el que se esté dado de alta y el pago por incapacidad será mínimo.
¿Cuánto recibiré de subsidio por incapacidad si el periodo se extendió?
Si el periodo de licencia se extiende por algún motivo, la beneficiaria podrá recibir el 50% de su salario hasta por 60 días posteriores a los 98 regulares.
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Estas son las incapacidades laborales en México.
Hola que tal buenas tardes quisiera saber si la incapacidad por maternidad te la paga el seguro y la empresa ya que en la empresa que laboro tienen un convenio el cual desconozco pero he visto con compañeras que se annaliviado y la empresa no les da nada solo les siguen pagando normal como si fueran a trabajar sin ninguna deducción y hubo un caso en el que a una compañera el seguro si le dio su cheque pero se lo pidieron en la empresa y jamás se le depositaron ese dinero entonces mi duda es esa si el seguro da o no da ese cheque aunque allá convenio
Si usted cuenta con Seguro Social y ya tiene como mínimo 30 cotizaciones semanales en el periodo de 12 meses anteriores a la fecha en la que deba comenzar el pago del subsidio es el seguro quien tiene que pagarle la incapacidad, el seguro le entrega su incapacidad y una hoja con la que tiene que pasar a ventanilla del banco que este en convenio con el imss.